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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 15049
17 de diciembre de 2007
DAGJ-1624-2007
Licenciado
Eddy Fallas Fallas
Subdirector Administrativo
LABORATORIO COSTARRICENSE DE METROLOGÍA
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de criterio en relación con el nombramiento de Auditor Interno.
Se refiere este Despacho a su oficio No. DAF-507-2007, de fecha 07 de diciembre del año en curso, recibido en esta Contraloría General el mismo día, por medio del cual solicita nuestro criterio sobre el nombramiento del Auditor Interno.
Nos indica que mediante el Informe N° DFOE-FEC-2/2005, esta Contraloría indicó que ese Laboratorio está incumpliendo lo que señala el artículo 2º de la Ley General de control Interno en cuanto al nombramiento de Auditor Interno.
Al respecto, por medio del oficio No. LACOMET.318-2005 le solicitaron a la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria se les autorizara por la vía de excepción, la creación de una plaza para Auditor Interno, solicitud que les fue denegada en el Oficio No.STAP-1264-05.
Así las cosas, plantearon ante la Dirección General de Servicio Civil la reasignación del un puesto de Profesional 1 a la clase de Auditor Interno, sin embargo, mediante el Oficio OSC-S-1024-2007 esta Dirección indicó que no le asiste competencia para excluir un puesto del Régimen de Servicio Civil, mientras no exista una ley que así lo estipule.
Por lo anterior es que nos realiza las siguientes preguntas:
“Quién es el ente encargado de reasignar un puesto cubierto por el Régimen de Servicio Civil, a una clase de Auditor Interno 1 del Manual de Clases Anchas de la Dirección General de Servicio Civil?
Quién es el ente encargado de reasignar un puesto cubierto por el Régimen de Servicio Civil, a una clase de Auditor Interno 1 del Manual de Clases Anchas de la Dirección General de Servicio Civil?
Quién es el ente encargado, en caso de que el puesto sea reasignado a Auditor Interno 1, a excluirlo del ...
Fecha publicación: 24/12/2007
Fecha emisión: 17/12/2007
Institución: LABORATORIO COSTARRICENSE DE METROLOGIA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 15059
12 de diciembre de 2007
DAGJ-1627-2007
Señor
Roberto Sánchez Mata
Secretario Municipal
MUNICIPALIDAD DE OSA
Estimado señor:
Asunto: Transcripción del acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Osa, en Sesión Ordinaria N°48-2007, celebrada el día 05 de diciembre del 2007.
Se refiere este Despacho a su oficio sin número, de fecha 07 de diciembre del año en curso, recibido en esta Contraloría General el mismo día, por medio del cual se transcribe el acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Osa, en Sesión Ordinaria N°48-2007, celebrada el día 05 de diciembre del 2007.
Al respecto, su consulta radica en la “Sustitución del Presidente y Vicepresidente en caso de ausencia”
Criterio del despacho:
En cuanto al particular, es menester señalar que en atención al artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República que regula nuestra potestad consultiva, este órgano contralor emitió la circular Nº CO-529, publicada en La Gaceta Nº 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, este órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate.
En este orden de ideas, se reguló en esta circular en los puntos 2 y 6 lo siguiente:
“ 2 La Contraloría General de la República evacuará las consultas en forma escrita, siempre que versen sobre materias propias de sus competencias constitucionales y legales y no traten sobre situaciones concretas que debe resolver la institución solicitante.
6 El incumplimiento de las anteriores disposiciones facultará a la Contraloría General de la República para rechazar de plano la gestión, comunicándoselo así al gestionante...” (los resaltados no corresponden al original).
En virtud de los antecedentes anter ...
Fecha publicación: 23/12/2007
Fecha emisión: 17/12/2007
Institución: MUNICIPALIDAD DE OSA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 14981
14 de diciembre de 2007
DAGJ-1617-2007
Señor
Alexander Marín Lee
Agente de Policía
Telefax: 438-55-34
Estimado señor:
Asunto: Consulta sobre la posibilidad de mantener las motocicletas asignadas en los hogares los días no laborales.
Se refiere este Despacho a su oficio sin número, de fecha 05 de diciembre del año en curso, recibido en esta Contraloría General el día siguiente, por medio del cual solicita nos pronunciemos sobre la procedencia de mantener las motocicletas asignadas en los hogares los días no laborales.
Sobre el particular nos indica que dado que las motocicletas son asignadas quedan sin uso en la comandancia, los días que los funcionarios que las tienen a su cargo no laboran por lo que considera que se podrían mantener en las casas para que estén disponibles en caso de emergencia.
Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre de 1994, ordinariamente ésta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa”).
Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad.
En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de este órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate.
En este orden de ideas, dicha circular cont ...
Fecha publicación: 21/12/2007
Fecha emisión: 14/12/2007
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 14741
10 de diciembre de 2007
DAGJ-1591-2007
Señor
José Alberto Acuña Ulate
Gerente
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de criterio en relación con Informe de Auditoría AO-335-R-2007 sobre la asignación de vehículos a Unidades Ejecutores Distintas a la Sección de Servicios Generales.
Se refiere este Despacho a su oficio No.GDP-52.766, de fecha 22 de noviembre del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 04 diciembre de los corrientes, por medio del cual solicita nuestro criterio sobre el Informe de Auditoría AO-335-R-2007 sobre la asignación de vehículos a Unidades Ejecutores Distintas a la Sección de Servicios Generales.
Sobre este particular, nos señala que a raíz del informe de auditoría antes señalado, se integró un grupo de trabajo intergerencial, el cual consideró pertinente presentar ante este órgano contralor la consulta sobre la situación particular de los vehículos a cargo de la Gerencia de la División de Pensiones, con el fin de de solicitar la respectiva autorización para que dicha dependencia continúe con el uso y control de los vehículos propiedad del Régimen de invalidez, Vejez y Muerte.
I. Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre de 1994, esta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa” –entendida según el artículo cuarto de la misma ley-).
Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad.
En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N ...
Fecha publicación: 17/12/2007
Fecha emisión: 10/12/2007
Institución: GERENCIA DE DIVISION DE PENSIONES DE LA CCSS
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 14742
10 de diciembre de 2007
DAGJ-1592-2007
Licenciada
Ivana Batista Araya
Contadora Municipal
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Estimada señora:
Asunto: Consulta sobre la procedencia del pago de viáticos y transportes al exterior de un funcionario de la Unidad Técnica de Gestión Vial.
Se refiere este Despacho a su oficio N°CMPL-030-2007, de fecha 03 de diciembre del año en curso, recibido en esta Contraloría General el día siguiente, por medio del cual solicita nos pronunciemos sobre la procedencia o no del pago de viáticos y transportes al exterior de un funcionario que se desempeña como promotor social en la Unidad Técnica de Gestión vial, en la categoría de servicios especiales y no como empleado fijo a quien por falta de liquidez no se le ha podido cancelar el viaje que realizó a Cuba para recibir una capacitación.
Asimismo, nos pregunta si una vez que Caja Única de Hacienda gire el desembolso solicitado, y el dinero ingrese a la cuenta corriente respectiva, si se pueden cancelar estos gastos a pesar de que esta persona ya asistió a dicha capacitación en días pasados.
Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre de 1994, ordinariamente ésta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa”).
Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad.
En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de ...
Fecha publicación: 17/12/2007
Fecha emisión: 10/12/2007
Institución: MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 14475
04 de diciembre de 2007
DAGJ-1560-2007
Licenciado
Mario A. Sánchez G., MAI
Auditor Interno
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE SOCIEDAD ANÓNIMA (RACSA)
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de criterio sobre la procedencia de incorporar en el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna de RACSA, la participación del Auditor Interno en las sesiones de Junta Directiva.
Nos referimos a sus oficios Nos. 30.AUD.402.2007 y 30.AUD.474.2007 de fechas 02 de octubre y 08 de noviembre, ambos del 2007, recibidos en esta Contraloría General el 4 de octubre y el 13 de noviembre respectivamente, mediante los cuales solicita el criterio de este órgano contralor sobre la procedencia de incorporar en el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna de Radiográfica Costarricense Sociedad Anónima -en adelante RACSA- la participación del Auditor Interno en las sesiones de Junta Directiva.
Indica que es de suma importancia para el fortalecimiento del sistema de control interno de RACSA, la participación del auditor interno en las sesiones de Junta Directiva, dadas las circunstancias de cambio constante y de nuevas condiciones de apertura que se avecinan y que provocarán transformaciones en las políticas, la organización y el accionar de la empresa. Basado en lo anterior, señala que las disposiciones que se tomen en Junta Directiva deben ser conocidas por el auditor en forma inmediata y de esa manera incorporar las medidas necesarias para el Plan Estratégico y en los Planes Anuales de la Auditoría.
En virtud de lo anterior, somete a nuestra consideración el artículo 41 propuesto para el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna de RACSA, el cual nos permitimos transcribir textualmente, a continuación:
“Artículo 41º. Asistencia a sesiones de Junta Directiva. El Auditor Interno participará ...
Fecha publicación: 16/12/2007
Fecha emisión: 04/12/2007
Institución: RADIOGRAFICA COSTARRICENSE S. A
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 14473
04 de diciembre de 2007
DAGJ-1559-2007
Ingeniero
Alberto José Amador Zamora
Presidente Ejecutivo
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO (IDA)
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de criterio sobre el pago de prohibición contemplado en el artículo 14 de la Ley 8422.
Se refiere este Despacho a su oficio No.PE-3032-07, de fecha 27 de noviembre del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 29 del noviembre, por medio del cual solicita nuestro criterio sobre el pago de prohibición contemplado en el artículo 14 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.
Sobre este particular, nos consulta si a los Directores de Planificación, de Asuntos Jurídicos, de Formación y Desarrollo de Asentamientos del IDA les corresponde recibir el pago de Prohibición contemplado en el cuerpo normativo de cita.
I. Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre de 1994, esta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa” –entendida según el artículo cuarto de la misma ley-).
Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad.
En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio de 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de este órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asun ...
Fecha publicación: 15/12/2007
Fecha emisión: 04/12/2007
Institución: INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 14388
04 de diciembre de 2007
DAGJ-1548-2007
Señora
Noemí Chaves Pérez
Secretaria Municipal
MUNICIPALIDAD DE TURRIALBA
Estimada señora:
Asunto: Se transcribe el artículo tercero inciso 4), de la Sesión Ordinaria No.81-2007, celebrada el 13 de noviembre del año en curso.
Se refiere este Despacho a su oficio No.SM-1553-2007, de fecha 19 de noviembre del año en curso, recibido en esta la Contraloría General el 29 de noviembre, por medio del cual se transcribe el artículo tercero inciso 4), de la Sesión Ordinaria No.81-2007, celebrada el 13 de noviembre del año en curso.
Al respecto, señala en el considerando lo siguiente:
a) “Solicitarle al Departamento de Asuntos Jurídicos de la Contraloría General de la República que se pronuncie si la Municipalidad de Turrialba puede desde el punto de vista legal y económico entregar aguinaldo, tanto a regidores como a síndicos.
b) Que se dispense de trámite de Comisión y en acuerdo definitivamente aprobado.”
Criterio del despacho:
En cuanto al particular, es menester señalar que en atención al artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República que regula nuestra potestad consultiva, este órgano contralor emitió la circular Nº CO-529, publicada en La Gaceta Nº 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, este órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate.
En este orden de ideas, se reguló en esta circular en los puntos 2, 3, 4 y 6 lo siguiente:
“ 2 La Contraloría General de la República evacuará las consultas en forma escrita, siempre que versen sobre materias propias de sus competencias constitucionales y legales y no traten sobre situaciones concretas que debe resolver la ...
Fecha publicación: 13/12/2007
Fecha emisión: 04/12/2007
Institución: MUNICIPALIDAD DE TURRIALBA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 14393
04 de diciembre de 2007
DAGJ-1549-2007
Señores
Víctor Monge
Director Servicio Civil
Pablo Rodríguez
Director Jurídico
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
Estimados señores:
Asunto: Solicitud de criterio en relación al pago de salarios a funcionario nombrado en el Servicio Exterior que ha pertenecido en el país por más de dos meses por incapacidad.
Se refiere este Despacho a su oficio No. 833-DJO-690-07, de fecha 15 de noviembre del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 20 de noviembre, por medio del cual nos solicita nos pronunciemos sobre los alcances y consecuencias que tendría para la administración que un funcionario nombrado en el Servicio Exterior permanezca en el país por un período mayor a los dos meses establecidos para iniciar funciones en el destino respectivo.
Siempre sobre el mismo tema, el 29 de noviembre del pasado mes, recibimos su oficio de fecha 28 de noviembre, mediante el cual realizan una adición a su oficio antes señalado, por medio del cual nos señala que cuando un funcionario que ha sido nombrado para ocupar un puesto en el Exterior y no viaja hacia su destino debe reintegrar al fisco, las remuneraciones que haya recibido las cuales enumera de la siguiente manera:
“1-
La diferencia entre a) el salario base correspondiente al cargo en el exterior que no asumió, y b) el salario base del servicio interno correspondiente al puesto que venía desempeñando al momento de su nombramiento.
2- Monto de costo de vida que es anejo (sic) al salario versado a un funcionario nombrado en el exterior (puesto que es versado para vivir en el Exterior, no para el servicio interno)
2- Llegado el caso (si el gasto tuvo lugar) sumas versadas por concepto de menaje de casa y pasajes aéreos.”
Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el ...
Fecha publicación: 13/12/2007
Fecha emisión: 04/12/2007
Institución: DIRECCION GENERAL DE SERVICIO EXTERIOR.
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 14395
04 de diciembre de 2007
DAGJ-1550-2007
Licenciado
Nelson Gamboa Guzmán
Director
COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SANTO ROSA DE POCOSOL
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de criterio sobre el término “administrar fondos de una institución”
Se refiere este Despacho a su oficio sin número, de fecha 28 de noviembre del año en curso, recibido en esta Contraloría General el día siguiente, por medio del cual solicita nuestro criterio sobre el concepto que se maneja en este órgano contralor sobre el término “administrar fondos de una institución”.
Lo anterior en relación con los puntos 1 y 2 de la Circular No.001-88 “sobre la administración de las contribuciones y otros fondos recaudados en los centros educativos dependientes del Ministerio de Educación Pública” nos indica lo siguiente:
“No existe, dentro del personal docente o administrativo de los centros educativos del Ministerio de Educación Pública, funcionario alguno que tenga atribuciones legales para administrar fondos, sin excepción de ninguna especie, sinó (sic) que por el contrario, tal función está confiada exclusivamente a la Junta de Educación o Administrativas debidamente constituidas”.
Pero en el punto 2° se anota que: “En virtud de lo precedente, por principio, toda contribución voluntaria que se reciba para el centro de enseñanza debe ser integrada a la tesorería de la Junta respectiva, haya sido recogida por el personal del establecimiento, por los alumnos o recibida por padres de alumnos”
I. Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre de 1994, esta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa” –entendida según el artículo cuarto de la misma ley-).
Asimismo, dicho ...
Fecha publicación: 10/12/2007
Fecha emisión: 04/12/2007
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA COLEGIO TECNICO PROFESIONAL DE SANTA ROSA DE POCOSOL, SAN CARLOS
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA